Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2003- R
Fecha: 04-Ago-2003
II.1
II.1 Que, según el informe policial del clase de servicio de la Unidad Operativa de Tránsito de 11 de mayo de 2003, a hrs. 21:00 del 10 de mayo de 2003, se produjo un hecho de tránsito entre la movilidad conducida por el recurrente y una motocicleta, del que salió lesionado el conductor de ésta última, habiéndose el recurrente dado a la fuga sin prestar auxilio; empero en cumplimiento del mandamiento de aprehensión expedido por el Fiscal, fue aprehendido el 11 de mayo de 2003 a hrs. 19:00, por el personal del servicio patrullero y trasladado a dependencias de Tránsito (fs. 1, 3).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Alberto Borda Segerer, Juez de Instrucción en lo Penal de Camiri, Julio Miranda Zamorano, Comandante Provincial de la Policía de Camiri y José Luis Pereira Loza, Director de la Unidad Operativa de Tránsito
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.3
- APRUEBA en parte