Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1092/2003-R
Fecha: 04-Ago-2003
improcedente el recurso, sin responsabilidad por ser excusable,
a) No existe procesamiento indebido del recurrente ni se ha vulnerado el art. 16.4) de la Constitución Política del Estado (CPE), toda vez que la Fiscal recurrida al revocar la Resolución 031/03 de 24 de marzo de 2003 dictada por el Fiscal de Materia, hizo uso del medio de control que le otorga la ley al haber verificado que el nombrado Fiscal no valoró a cabalidad los elementos de convicción sobre el ilícito denunciado.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente el recurso, sin responsabilidad por ser excusable,
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- actuación ésta con la que no se ha vulnerado o puesto en peligro su libertad personal o de locomoción,
- III.2
- Fragmento 11