Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2003-R
Fecha: 04-Ago-2003
a)
En el presente amparo el recurrente arguye que las Vocales recurridas: a) ante su pedido de ejecutar provisionalmente el Auto de Vista que ha confirmado la sentencia de primera instancia, han decretado “estése”, sin considerar lo dispuesto por el DS 21858; b) han omitido pronunciarse sobre su solicitud de extensión de fotocopias legalizadas de las resoluciones de primera y segunda instancia, todo lo que conculca los derechos y garantías “enmarcadas en los arts. 5, 7, 162 y 228” CPE. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida, tomando en cuenta los caracteres propios de este recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- )
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- a)
- III.1.
- o cuando el Auto de Vista confirmare una sentencia en todas sus partes, se podrán ejecutar aquélla o éste, siempre que la parte victoriosa prestare fianza de resultas
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA