SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1117/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1117/2003-R

Fecha: 12-Ago-2003

III.1

III.1          En el caso examinado, se evidencia que dentro de la tramitación del proceso ordinario que ha motivado el recurso, el 20 de julio de 1998 se dictó Sentencia declarando probada la demanda; habiéndose apersonado el recurrente al Juzgado el 18 de septiembre de 2001, promoviendo un incidente de nulidad de su notificación con la Sentencia, oportunidad en la que no impugnó,  menos solicitó la nulidad de actuaciones anteriores en las que supuestamente se habría incurrido en vicios procedimentales de notificación con decretos, audiencias y memoriales. No obstante, debe tomarse en cuenta que la amplia jurisprudencia de este Tribunal contenida, entre otras en las SSCC 649/2003-R, 821/2002-R y 653/2002-R, ha dado por válidas notificaciones denunciadas como defectuosas en recursos de amparo, cuando se constata de obrados que el recurrente tuvo conocimiento del acto procesal en cuestión, siendo válidos los actos procesales por haber cumplido adecuadamente su finalidad, sin que por ello se haya lesionado derecho fundamental alguno.