SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2003- R

Fecha: 12-Ago-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Que, el 30 de abril de 2003 presentaron oficio ante la Dirección General del Tesoro de la República, solicitando la habilitación de firmas y rúbricas de la Alcaldesa Municipal Gladys Alcalá Miranda y del Oficial Mayor Administrativo, Faustino Claros Quispe, para el manejo de las cuentas fiscales del municipio, pero al transcurrir más de un mes sin haber recibido respuesta, pese a sus reiterados llamados telefónicos y continuas visitas a la mencionada repartición, el 19 del mismo mes ratificaron el petitorio, empero, aún así no obtuvieron respuesta, lo que les provoca graves perjuicios, puesto que se trata de la única repartición que tiene tuición sobre su petitorio; empero a fin de lograr respuesta también dirigieron el mismo petitorio ante el Ministro de Hacienda, considerando que es el superior en grado, pero tampoco se ha obtenido respuesta, la misma que atendiendo el derecho a la petición debe ser oportuna y, en el caso, no se les ha dado ninguna con lo que también se está restringiendo el derecho de la Alcaldesa a ejercer sus funciones, puesto que no puede administrar los fondos públicos.