SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1127/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1127/2003-R

Fecha: 12-Ago-2003

suscrita por los recurrentes

a)   La primera, suscrita por los recurrentes (fs. 43 a 45), a la que asistieron siete Concejales, en la que consta que luego de haberse aceptado la renuncia del Alcalde, y ante la insistencia de Shiguedi Jorge Okubo Vaca de ser reincorporado al concejo como Titular, no obstante haberse leído la Resolución 010/2001 que acepta su renuncia tácita, se procedió a declarar un cuarto intermedio hasta el 8 de mayo de 2003, al haber sido esta moción aprobada por unanimidad.

b)  La segunda, (fs. 110 a 112), que no señala cuántos concejales asistieron y que refiere que ante la solicitud de reincorporación como Concejal Titular de Shiguedi Jorge Okubo Vaca y la polémica suscitada, se dio un cuarto intermedio de 30 minutos, evidenciándose cumplido ese plazo, el abandono de los Concejales Samuel Vaca Franco, Roly Alcides Vaca Paredes y Lucila Arce Arredondo, lo que motivó a que el Presidente del ente deliberante constate la existencia de quórum, verificando la presencia de los Concejales ahora recurridos, Luis Fernando Antelo Salmón, Carmen Padilla de Pérez y Víctor Alex Sánchez Portillo, así como del también co-recurrido, Jorge Shiguedi Okubo Vaca, como “Concejal Titular”, lo que dio lugar a la acefalía de la Secretaría del Concejo que desempeñaba la Concejal Suplente del nombrado, por lo que se complementó el orden del día, con un punto quinto respecto a la consideración del proceso seguido al concejal Jorge Shiguedi Okubo Vaca. Aprobada la misma, se aceptó la renuncia del Alcalde, se designó como tal a Víctor Sánchez Portillo, se nombró como nueva secretaria a la Concejal Carmen Padilla de Pérez y se abrogó la Resolución Municipal 10/2001, todo ello, a través de las resoluciones 13/2003, 14/2003 y 15/2003 (fs. 46 a 47, 97 a 98 y  48 a 49).