SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1135/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1135/2003-R

Fecha: 12-Ago-2003

III.1

III.1   El recurso de amparo constitucional consagrado por el art. 19 CPE, ha sido instituido como una garantía de protección inmediata contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos en la Constitución y las Leyes, siempre que no haya  otro medio o recurso legal establecido para ese efecto.