Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2003-R
Fecha: 12-Ago-2003
II.4
II.4 Mediante Resolución de 3 de mayo de 2003, el Tribunal de Sentencia evidenció que la causa penal de referencia tiene irregularidades y defectos procedimentales que son imputables al Acusador Público, por lo que corresponde subsanar las observaciones expuestas y reponer obrados hasta el estado de dictarse nueva radicatoria (fs. 23), pronunciándose en la misma fecha la correspondiente providencia de radicatoria contra Omar Arturo Arévalo Baltasar (fs. 23).