SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1160/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1160/2003-R

Fecha: 19-Ago-2003

III.2.

III.2.   En el caso sometido a análisis, declaradas improbadas las excepciones  opuestas por los coactivados, éstos apelaron de esa determinación esgrimiendo los mismos fundamentos utilizados en sus excepciones y alegando, además, que el Juez  de la causa no abrió período  probatorio respecto de las mismas, mereciendo el  Auto de Vista  de 10 de abril de 2003 que anuló obrados “hasta fojas 97 vta. del expediente original”, que corresponde al Auto de 7 de noviembre de  2002 (que declaró improbadas las excepciones),  apoyándose en la falta de fundamentación  de la decisión apelada.

Sin embargo, la carencia de motivación de una determinación judicial  no constituye por si sola  una causal de nulidad, sino que ésta se puede producir cuando la parte afectada arguye que, por ello, ha sido colocada en indefensión, extremo que no ha acontecido en  la especie, donde los motivos de la alzada fueron una supuesta falta de  apertura de término probatorio -que no es evidente porque el Juez del proceso abrió término de probanza de las excepciones  por decreto de  6 de marzo de 2001-  y una reiteración de las excepciones de falta de fuerza coactiva y de pago parcial documentado.