SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
procedente
La Resolución 010/2003, cursante a fs. 57 y 58, pronunciada el 2 de junio de 2003 por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara procedente el recurso y nula la Resolución 132/03 de 17 de mayo de 2003 y el cumplimiento de la Sentencia 302/2002, mientras se gestione el traslado del recurrente conforme a normas y procedimiento que rigen la materia, sin costas ni multa por ser excusable, bajo el fundamento de que “ha existido conculcación a los derechos y garantías constitucionales del recurrente, señalados en la Ley Nº 2298 y art. 19 de la Constitución Política del Estado, al haberse constatado que el Juez 6º de Instrucción en lo Penal, al emitir la Resolución Nº 132/03, por la que modifica la Sentencia 302/2002 ejecutoriada, ha realizado una interpretación errada de las previsiones legales contenidas en la Ley Nº 2298 de Ejecución Penal y Supervisión, además al no haber considerado que el art. 428 de la Ley Nº 1970, que establece que el Juez competente para conocer y resolver todas las cuestiones e incidentes, es el Juez de Ejecución Penal” (sic).