SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1177/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1177/2003

Fecha: 19-Ago-2003

II.4

II.4   Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2002, el co-recurrente Hilarión Roberto Paz Vaca se apersona ante el Juez de la causa y solicita la suspensión del remate del inmueble de su propiedad, bajo alternativa de apelación, pues dentro del juicio coactivo seguido por el Banco Ganadero S.A. contra Ilse Rivero Soruco y Erwin Hurtado Vaca, no se le notificó con ninguna actuación, provocándole indefensión (fs. 146), y por providencia de 18 de ese mes, el Juez recurrido rechazó ese memorial en mérito a que el solicitante fue excluido de todas las diligencias del proceso al haberse verificado la transferencia de los inmuebles otorgados como garantía hipotecaria (fs. 147 vta.)., constando que el 27 de septiembre de 2002 se practicó la diligencia de notificación al co-recurrente Hilarión Roberto Paz Vaca con dicha providencia (fs. 159 vta.).