Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1236/2003-R
Fecha: 26-Ago-2003
II.2
II.2 La recurrente afirma que su hijo es menor de edad, al contar con 15 años, 7 meses y 2 días a tiempo de la interposición del recurso, lo que dice acreditar por las libretas escolares presentadas, fotografías y acta de entrega que le hicieron de su hijo el 4 de diciembre de 2002, por una presunta infracción cometida suscrita por el Fiscal Tutelar del Menor (fs. 1-5).