AUTO CONSTITUCIONAL 26/2003 - CDP
Fecha: 09-Sep-2003
I.1
I.1 Notificada la SC 1077/01-R de 4 de octubre, la recurrente por memorial presentado el 24 de abril de 2002, cursante a fs. 85 de obrados, solicitó al Tribunal del recurso que en ejecución de la misma, se disponga la restitución de los inmuebles de sus representados en el estado en que se encontraban antes de la demolición y la “apertura de término sumarial” para determinarse los daños y perjuicios resultantes de los actos de la Alcaldía recurrida, en los que también debían incluirse los gastos ocasionados en la presentación y sustanciación del amparo, a cuyo efecto el Tribunal por auto dictado el 4 de junio de 2002, fijó el plazo incidental de ley que empezaría a correr desde la notificación a las partes con el citado auto, por lo que al haberse notificado el 15 de agosto de 2002, el mismo corrió desde el día siguiente 16 (fs. 86 y vta.).