II.4.
II.4. En cuanto al argumento que el informe del Oficial de Diligencias de fs. 90 evidencia que no se produjo el allanamiento del domicilio de la recurrente, no puede ser corregido en una solicitud de aclaración y enmienda toda vez que el Tribunal basa sus fallos en la prueba anexa a obrados y no en la que se pueda presentar con posterioridad como ocurre en el caso.
