SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1276/2003-R
Fecha: 01-Sep-2003
I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente ratificó in extenso el tenor de la demanda formulada, agregando que si bien Cesar Elmar Rivero Lara en su confesión señaló como su domicilio la localidad de San Matías, sin embargo, desde que el Juez impuso las medidas sustitutivas prohibiéndole salir de la ciudad sin orden judicial, vive en el domicilio de su madre en el centro de la ciudad. Por otro lado, agrega que no se demostró que su representado no hubiese firmado el libro cada 15 días, ni que viva en San Matías en este momento, además, que la Jueza recurrida quiere acreditar como prueba que éste vive en San Matías con el memorial de 6 de junio de 2003, por el que solicita ampliación de término, donde manifiesta que vive en la localidad de San Matías. No obstante, el Auto de revocatoria de las medidas sustitutivas fue dictado por la recurrida mucho antes, es decir, el 29 de mayo de 2003.