SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1288/2003-R
Fecha: 02-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente señala que la autoridad recurrida al dictar la providencia de 16 de abril de 2003, mediante la cual rechaza el pedido de acumulación que le hizo el Juez de Partido Sexto en lo Civil, donde radica el proceso de concurso necesario de acreedores incoado por la ahora recurrente y que recae sobre el patrimonio del también coactivado Enrique Coronel Kempff, desconociendo de esa manera órdenes judiciales y continuando con el conocimiento de esa causa, restringiría y suprimiría sus derechos y garantías al Juez natural y a la inalterabilidad de los procedimientos judiciales. Corresponde analizar en revisión por ende si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la Constitución política del estado (CPE).
- Patricia Saavedra Weise
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Marcelo Barrientos Díaz, Juez de Partido Tercero en lo Civil y Comercial de la Capital
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- no obstante no ser parte en el proceso, correspondía que