Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1297/2003-R
Fecha: 09-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente considera que el Juez recurrido al dictar la Resolución de 30 de abril de 2003, rechazando el procedimiento abreviado, ha vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso. Corresponde establecer, en revisión, si lo denunciado es evidente y amerita la tutela que brinda el art. 19 Constitucional.