Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1329/2003-R
Fecha: 12-Sep-2003
III.1
III.1 En el caso de autos, con carácter previo a la consideración y análisis de la situación planteada por el recurrente, es necesario referirse a la SC 970/2002-R de 12 de agosto, pronunciada dentro de un anterior amparo constitucional interpuesto por el mismo recurrente, en la que se estableció que las normas especiales concernientes a la naturaleza jurídica de ELAPAS como de las que rigen la administración y relaciones laborales al interior de dicha entidad, son la Ley SAFCO y DS 23318-A y su modificatorio 26237.