Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2003-R
Fecha: 16-Sep-2003
II.2
II.2 Mediante memorial de 31 de octubre de 2001 (fs. 9), el abogado Luis Fernando Iriarte Támez comunicó al Juez que por instrucciones del Gerente del Banco “Unión” S.A. se suspendía el proceso por renovación de contrato, pidiendo se regulen y paguen sus honorarios de acuerdo al arancel del Colegio de Abogados.