Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2003-R
Fecha: 16-Sep-2003
II.4
II.4 El memorial de desistimiento del Banco “Unión” S.A. fue presentado el 3 de diciembre de 2001 (fs.77), y, por escrito de 1 de febrero de 2002 (fs. 86), fue aceptado por Editorial “Canelas” S.A., “con costas”, señalando que los honorarios del abogado de contrario deben ser pagados por la citada institución bancaria.