Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1333/2003-R
Fecha: 16-Sep-2003
II.5
II.5 Tramitado y remitido el recurso al superior en grado, en 25 de abril de 2003 (fs. 67 vta.), se decretó “Autos para Resolución”, pronunciando el Juez Segundo de Partido en lo Civil, el Auto de Vista en 26 de abril (fs. 68), que confirmó el fallo objeto de alzada, luego de referirse al plazo vencido que tendría el documento de ejecución, y de mencionar que el fallo apelado habría sido dictado “con sujeción a normas procesales que rigen con proceso de ejecución de nuestro ordenamiento procedimiental vigente” (sic).