SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1336/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1336/2003 - R

Fecha: 15-Sep-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Que mantuvieron una relación laboral con el Fondo Nacional de Vivienda Social (FONVIS), por contratos de supervisión de obra suscritos el 15 de julio de 1996 y 3 de noviembre de 1997 respectivamente, a cuya conclusión en forma verbal se les hizo conocer que la supervisión no podía suspenderse hasta que la obra esté concluida, porque la empresa contratista “Pincad” continuaría trabajando en el kilómetro catorce de la carretera a Camiri donde se realizaban las obras. Que luego fueron despedidos intempestivamente, por lo que demandaron el pago de su desahucio y beneficios sociales, los que fueron reconocidos en Sentencia de 29 de noviembre de 1998, emitida por el Juez de Trabajo y Seguridad Social Primero de la ciudad de Santa Cruz y confirmada por Auto de Vista de 27 de agosto de 1999, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz.

Que en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a tiempo de casar el Auto de Vista y declarar IMPROBADA LA DEMANDA, el Ministro relator de la Sala Social y Administrativa Primera, Eduardo Rodríguez Veltzé, realizó un análisis equivocado, ignorando toda la prueba instrumental de cargo consistente en certificaciones de la empresa FONVIS que es dueña de la obra, con el único fin de negar la relación obrero patronal existente hasta la conclusión de la misma, que, centró su análisis en las facturas extendidas por ellos, que prueban el pago del trabajo realizado, ignorando que el trabajo no se medía por la forma de pago, sino por la forma en que se realizaba, las condiciones en las que se desarrolla y el tiempo que se utilizaba, además -dicen- tergiversó el tenor de las confesiones provocadas; pese a que Jaime Ampuero García, Ministro de la Sala Penal de la misma corte, en su proyecto de disidencia, sugirió revisar esa prueba, pero lamentablemente, no se consideró.