SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1398/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
II.5.
II.5. Previo informe del Fiscal Fernando Edgar Cortez, que cursa a fs. 42, la Fiscal de Distrito Corina Machicado (recurrida) pronunció la Resolución 226/03 de 23 de junio de 2003 (fs. 45), por la que desestimó la recusación formulada por el actor, con el fundamento de que: “la causal invocada por el recusante no cumple con la condición que prevé el numeral 6) del art. 72 de a Ley 2175 porque no existe pleito pendiente con el Fiscal observado. La presentación de una querella, no implica pleito pendiente, toda vez que los representantes del Ministerio Público para ser sujetos de proceso penal, previamente deben ser sometidos a un proceso disciplinario, mismo que a su conclusión establecerá la responsabilidad civil, penal y administrativa”(sic).