SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2003-R

Fecha: 29-Sep-2003

a)

En el informe escrito que corre a fs. 30, el Juez recurrido sostiene lo siguiente: a) en el proceso penal aduanero seguido por la Aduana Regional Santa Cruz contra el recurrente y otras personas, se dictó Sentencia condenatoria en 19 de abril de este año, sancionando a Dagner Carlos Bello Ibáñez con  tres años de reclusión ; b) con ese fallo se le notificó mediante edicto de prensa el 7 de mayo de 2003, y el 20 del mismo mes, el recurrente presentó apelación, es decir después de trece días de su notificación, por lo que se rechazó el recurso por Auto de 4 de julio, al encontrarse fuera del término señalado por el art. 284 “del Código de Pdto. Penal y 235 in fine de la Ley General de Aduanas”; c) el recurrente no ha  interpuesto el recurso de compulsa contra la negativa a la concesión del recurso de apelación, pues en este caso se aplica supletoriamente el Código de procedimiento civil, por mandato del art. 355 CPP. 1972, que rige este asunto.