SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1430/2003-R
Fecha: 29-Sep-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 8 de agosto de 2203, cursante a fs. 9 y vta. de obrados, el recurrente afirma que ante la Policía Técnica Judicial (PTJ) de la ciudad de Santa Cruz, Marcelo Álvarez Prudencio, a nombre de Warrant Mercantil S.A. (WAMSA S.A.) sienta denuncia y presenta querella en contra de Juan Pablo Navarro Weiler, Carlos Navarro Weiler y otros por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato, caso signado como PTJ/0301272, a cargo del Fiscal de Materia Carlos Rudy Parada Soleto; luego de la investigación preliminar, el 9 de junio de 2003, el Fiscal realiza la imputación en contra de Juan Pablo Navarro Wieler, Edgardo Justiniano Arteaga, Karina Zambrana y Víctor Hugo Berdeja, con ello excluye de la investigación a Carlos Navarro Weiler, su representado.
Puntualiza que posteriormente a ello, el Fiscal recurrido no tiene competencia para citarlo y emplazarlo para que preste declaración informativa policial alguna que, al haberlo hecho así se configura la persecución y procesamiento indebido, de conformidad al art. 18 de al constitución Política del Estado (CPE) y art. 89 de la Ley 1836.
- de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1
- II.3
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- finalidad exclusiva
- III.2
- con relación a la causal de procesamiento ilegal o indebido para la procedencia del hábeas corpus
- APROBAR