Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1439/2003 - R
Fecha: 29-Sep-2003
II.5.
II.5. Que, los demandantes y el demandado (recurrente), son notificados con ese Auto el 11 y 15 de octubre de 2002, respectivamente (fs. 160 y vta.), los demandantes por memorial de 12 de octubre de 2002 interponen recurso de casación y solicitaron se case el Auto de Vista y deliberando en el fondo se declare probada o confirmada la sentencia (fs. 162-164); el demandado contesta al recurso de casación, por memorial presentado el 31 de octubre de 2002 (fs. 167-168).