Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1439/2003 - R
Fecha: 29-Sep-2003
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior, declaró improcedente el recurso, sin lugar al pago de daños y perjuicios, con los fundamentos siguientes: a) tratándose de procesos sumarios de desalojo, es innecesario traslado del memorial de excepciones, las que se plantean a tiempo de contestar la demanda, siendo el paso siguiente la calificación del proceso y en su caso fijación de hechos a probarse y b) la nulidad dispuesta por las autoridades recurridas, se enmarcan en la permisión contenida en los arts. 90 y 252 CPC y 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ).