APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en el Auto Supremo 109/2003 de 17 de diciembre de 2003, pronunciada por Armando Villafuerte Claros, Jaime Ampuero García, Kenny Prieto Melgarejo, Héctor Sandoval Parada, Emilse Ardaya Gutiérrez y Carlos Rocha Orozco, Presidente y Ministros de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y Ramiro Samos Oroza, Gonzalo Urquizu Arana y Augusto Martínez Ribera, Conjueces de la misma Corte, cursante a fs. 921 a 923 del expediente.
- Ministros de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2.1 Respuesta al recurso
- rechazan el incidente
- el recurso sólo procede cuando la disposición legal sobre cuya constitucionalidad exista duda, tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- APRUEBA
- Fragmento 10
