Fragmento 7
En el presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, promovido a instancia de parte, no se da la situación prevista por el citado art. 59 LTC, puesto que el proceso contencioso administrativo seguido por Primitivo Gutiérrez Sánchez y Carlos Ramiro Guevara Rodríguez en representación de las Empresas Petrolera Andina S.A., BG Bolivia Corporatión (Sucursal Bolivia), Maxus Bolivia Inc., Pérez Companc S.A. (Sucursal Bolivia), Petrobras Bolivia S.A., Total Exploration Production Bolivie (Sucursal Bolivia) y Vintage Petroleum Boliviana Ltda. contra la Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE), persigue la nulidad de la Resolución Administrativa 092/98 de 24 de marzo de 1988; en consecuencia, el fallo a dictarse no depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la resolución impugnada porque resulta que la resolución impugnada dentro del referido proceso contencioso administrativo interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación es la misma que ha motivado el presente incidente, similitud que no hace viable el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, porque los hace excluyentes a ambos.
- Ministros de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2.1 Respuesta al recurso
- rechazan el incidente
- el recurso sólo procede cuando la disposición legal sobre cuya constitucionalidad exista duda, tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- APRUEBA
- Fragmento 10
