Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2004-R
Fecha: 06-Ene-2004
II.4.
II.4. La audiencia para la declaración de testigos ofrecidos por la actora, fue suspendida en dos oportunidades por inasistencia de la parte solicitante (fs.31 vta. y 34 vta.); mediante decreto de 14 de noviembre de 2001, ante la petición de la demandante de señalamiento de nuevo día y hora de audiencia, el juez, en aplicación del art. 378 CPC, señala por última vez audiencia de recepción testifical para el 27 de noviembre del mismo año (fs. 36 vta.), audiencia en la que sólo fue interrogado un testigo, y en la que no estuvo presente el abogado defensor de oficio (fs. 40); mediante Auto de 30 de noviembre del mismo año, se declara clausurado el término probatorio (fs. 39 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 1347/2003-R
- a)
- con los mismos fundamentos,
- APROBAR