Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2004-R
Fecha: 06-Ene-2004
II.5.
II.5. El 27 de septiembre de 2002, la jueza recurrida dicta sentencia, declarando probada la demanda de divorcio, por la causal contenida en el art. 131 del Código de familia, disponiendo la guarda de los menores a favor de la madre y fijándose la asistencia familiar en la suma de Bs. 1000.- mensual (fs. 68 a 69); con la Sentencia fue notificado el Defensor de oficio en fecha 30 de septiembre (fs. 70); ante la solicitud de la actora, el 5 de mayo de 2003 se libró edicto para la notificación al demandado con la sentencia (fs. 73, 75); cursando en el expediente una sola publicación del mismo (fs. 77), que es presentada ante el Juzgado de la recurrida el 13 de mayo de ese año (fs. 78).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 1347/2003-R
- a)
- con los mismos fundamentos,
- APROBAR