SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2004 -R
Fecha: 07-Ene-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a sus derechos a la locomoción, a la defensa y al debido proceso, consagrados en los arts. 7.g) y 16 CPE, denunciando que fueron vulnerados por la recurrida, dado que sin observar que la denuncia interpuesta en su contra no tiene sustento legal y que los delitos que se le imputan no existen, primero se ha negado a tomarle su declaración y luego pese a que se presentó voluntariamente a prestarla le esperó con un requerimiento con el que ordenó su aprehensión sin que existan los requisitos para ello. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.