Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2004 -R
Fecha: 07-Ene-2004
II.7
II.7 Conforme acredita la certificación expedida por el Inspector Departamental del Trabajo y SS (fs. 8), el 29 de agosto de 2003, los recurrentes presentaron denuncia a la citada autoridad, solicitando audiencia conciliatoria con el Alcalde de Cochabamba (fs. 12 a 13), habiéndose presentado en representación de dicha autoridad, el Asesor Legal de la Alcaldía solicitando un cuarto intermedio para el 10 del mismo mes y año, oportunidad en la que no se apersonó ningún representante del Municipio, habiéndose expedido una nueva citación (fs. 10, 11), pero tampoco concurrieron personeros de la Alcaldía, dándose por concluido el trámite de conciliación.