Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0054/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
II.6.
II.6. Por Auto de Vista de 1 de julio de 2003, los Vocales recurridos confirmaron la resolución de 8 de marzo de 2003 (fs. 134), bajo el argumento de que: “en el caso de autos se adjuntó a la solicitud de reapertura fotocopias de una demanda civil ordinaria y el auto de admisión, documentos que no tienen relación alguna con el delito atribuido; por lo que corresponde confirmar la resolución apelada” (sic).