SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2004 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2004 -R

Fecha: 14-Ene-2004

II.2

II.2            El demandado, mediante memorial presentado ante el referido juzgado, solicitó el saneamiento procesal, puesto que no fue legalmente citado con la demanda laboral, ya que el domicilio de la empresa, indicado en la demanda es inexistente (donde se notificó cedulariamente con la demanda y sentencia) y en su domicilio personal, que también se halla señalado en la demanda, nunca se efectuó citación alguna (fs. 116 a 117 vta.). Corrido en traslado el incidente, con la respuesta negativa del apoderado de los demandantes, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, en suplencia legal, rechazó el mismo por estar en ejecución de sentencia (fs. 121) resolución que se notificó al demandado el 2 de octubre de 2003, no constando en obrados la presentación de recurso alguno contra ésta determinación, sólo una petición de fotocopias legalizadas presentado el 10 de octubre de 2003 (fs.124).