Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2004-R
Fecha: 21-Ene-2004
II.3
II.3 El 21 de mayo de 2003, tramitado que fue el proceso, el Juez recurrido dictó sentencia, declarando probada la demanda y disponiendo el desalojo a los inquilinos de la fracción de terreno ubicado en la Av. Libertador Bolívar esquina Adela Zamudio en el plazo de 90 días en aplicación del art. 634.3) CPC e improbadas las excepciones opuestas por estos últimos (fs. 13 a 15), sentencia que adquirió ejecutoria por Auto de 10 de junio de 2003, al haber presentando el co-demandado José Fernando Quiroga Ángulo -ahora recurrente- la alzada en forma extemporánea, es decir, fuera del plazo previsto por ley (fs. 16).