SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0101/2004 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0101/2004 -R

Fecha: 22-Ene-2004

III.1

III.1    Conforme ha definido este Tribunal, acogiendo la doctrina constitucional, el derecho a la propiedad privada, es “(...)la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para poseer usar y gozar de un bien, sea de carácter material, intelectual, cultural o científico. Sin embargo, la misma Constitución establece como condición al ejercicio del derecho de propiedad privada, que la misma cumpla una función social (...)” Sentencia Constitucional (SC) 050/2001, de 21 de junio.

De otro lado, este Tribunal, en su jurisprudencia ha establecido que el ejercicio del derecho a la propiedad privada no es ilimitada, al contrario el Constituyente ha previsto limitaciones a su ejercicio, así se tiene la expropiación por causas de necesidad y utilidad pública. Con relación a esta modalidad de limitación al ejercicio del derecho a la propiedad privada, este mismo Tribunal, ha establecido que “(...) expropiación es un instituto o procedimiento de derecho público mediante el cual el Estado, por razones de necesidad y utilidad pública o cuando la propiedad no cumple una función social, priva coactivamente a un particular de la titularidad de un bien obligándolo a transferir del dominio privado al dominio público la propiedad sobre el bien, previo cumplimiento de un procedimiento específico y el consiguiente pago de una indemnización.”