SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0101/2004 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0101/2004 -R

Fecha: 22-Ene-2004

III.4

III.4    Con relación al argumento expuesto por la representante de la autoridad recurrida en el sentido de que el recurso sería improcedente por el principio de inmediatez, ya que la Resolución Técnico Administrativa que dispone la cesión gratuita es del año 1996, cabe referir que dicho argumento no es atendible, debido a que la recurrente, a través del presente amparo constitucional, no ha impugnado la ilegalidad de la mencionada Resolución, la recurrente impugna las acciones de hecho en las que ha incurrido la Alcaldía Municipal de Cochabamba al disponer que realicen trabajos de apertura de calle afectando su propiedad privada, acciones ilegales que son actuales y que no correspondían ser asumidas por la autoridad recurrida entre tanto no se materialice legal y formalmente la cesión a título gratuito o se efectúe la expropiación del inmueble previo pago de justo precio, conforme dispone la norma prevista por el art. 22 CPE; en consecuencia no es aplicable el principio de inmediatez invocado por la autoridad recurrida.