SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2004-R

Fecha: 28-Ene-2004

II.2

II.2     El 21 de noviembre de 1998, Juan Gonzales Noya, Juez de Instrucción Quinto en lo Penal dicta el Auto de enjuiciamiento penal en contra de Rolando Quiroga Ribera por el delito de daño simple, ordenando para el efecto se libre mandamiento de comparendo para que preste su declaración confesoria (fs. 22): asistiendo el procesado, a dicho acto jurídico el 26 de febrero de 1999 años (fs. 31), ofrece prueba de descargo consistente en documento privado de transferencia (fs. 33 a 35); posteriormente, por Auto de 8 de octubre de 1999, se ordenó la citación del procesado mediante edicto bajo advertencia de declarársele rebelde y contumaz a la ley (fs. 45 vta.)citación y advertencia con las que es notificado, mediante edicto (fs. 47) y, en audiencia de 10 de noviembre de 1999 y por Auto de la fecha, ante la inconcurrencia del citado, se declara su rebeldía y contumacia (fs. 50), Auto con el que es notificado, por edicto, el 12 de enero de 2000 (fs. 54); realizada la apertura de los debates (fs. 57), éstos se verifican el 24 de abril de 2000 (fs. 61 a 64), para el 13 de julio de 2000 llevarse a cabo la audiencia de lectura de prueba instrumental, clausura de los debates y conclusiones  (fs. 72 y vta.), dictándose y dándose lectura a la sentencia el 26 de octubre de 2000, por la que se lo condena a un año de reclusión y cien días multa (fs. 77 a 78 vta. y 80) siendo notificado por edicto en marzo de 2001 (fs. 83, 84), cuya ejecutoria fue declarada por decreto de 19 de abril de 2001 (fs. 86 vta.).