SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2004-R
Fecha: 28-Ene-2004
II.3
II.3 El 27 de abril de 2001, se señala audiencia para la calificación de daño civil y costas procesales (fs. 87 vta.), el mismo que es verificado el 7 de septiembre de 2001, concediéndose a las partes el plazo de cinco días para que presenten la documentación de referencia (fs. 92 y vta.), con cuyo ofrecimiento (fs. 93 a 96) el 30 de enero de 2002 se verifica la audiencia de prueba instrumental y lectura de conclusiones en la calificación de daño civiles (fs. 105) para el 31 de julio de 2002, previo señalamiento (fs. 116 vta.) dictarse la sentencia con la calificación de daños civiles que ascienden a la suma de Bs25.749.- (fs. 118 y vta.), siendo notificado el condenado mediante edicto (fs. 123) y, finalmente declararse ejecutoriada dicha sentencia por decreto de 10 de abril de 2003 (fs. 126 vta.).