SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2004-R

Fecha: 28-Ene-2004

III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Sostiene el recurrente que por razones económicas dejó de concurrir al proceso penal que se le siguió y en el que fue condenado de manera injusta a la pena de un año y cien días multa sin la concurrencia de agravantes y sobrepasando el límite de sesenta días, multa que fija la ley. Por tanto corresponde determinar en revisión, si tales extremos son evidentes y dan lugar o no a brindar la protección que brinda el art. 19 CPE.