SENTENCIA CONSTITUCIONAL 066/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 066/2004-R

Fecha: 15-Ene-2004

II.5

II.5   Apelado el Auto anterior por el actor, el recurso fue resuelto por Auto de 7 de mayo de 2003 pronunciado por el co-recurrido Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial, quien confirmó en todas sus partes la resolución apelada, con costas, con estos fundamentos: 1) conforme a los datos del proceso no era evidente que el ejecutado hubiera entregado a su acreedor Ángel Vidal Paz Paz en calidad de prenda con desplazamiento, la maquinaria agrícola objeto de la tercería de pago preferente, menos que se hubiese encontrado en posesión de la misma; 2) el contrato suscrito por Juan Carlos Aponte Urquidi y Ángel Vidal Paz Paz data del 28 de noviembre de 2000, sugestivamente reconocido un día antes; en tanto que el crédito otorgado por el Banco Ganadero S.A. a favor del deudor Juan Carlos Aponte Urquidi, garantizado, entre otros, con la garantía prendaría del tractor -embargado dentro del proceso ejecutivo- que cumplió con la formalidades de constitución y objeto determinadas por el art. 1418.1) CC, fue registrado en derechos reales el 5 de noviembre de 1999, vale decir un año antes de la suscripción del contrato de arrendamiento (fs. 106-107).