AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2004-CDP
Fecha: 14-Oct-2004
I.2.
I.2. El recurrente mediante memorial presentado el 27 de mayo de 2004, sin especificar suma alguna, propuso prueba de cargo consistente en: a) iguala profesional por la suma de $US3.500.-, suscrita el 3 de febrero de 2003, entre el recurrente, el abogado Carlos Camacho Romay y otros, contratando sus servicios para que presenten el amparo constitucional y se apersonen al Tribunal Constitucional; b) iguala profesional por el monto de $US2000.-suscrita el 1 de julio de 2003 por el recurrente con el nombrado abogado, para que se presente queja por el incumplimiento de la Sentencia Constitucional dictada en su favor; c) fotocopia simple del memorial de amparo presentado contra la recurrida y memorial de subsanación; d) memorial de apersonamiento ante este Tribunal con cargo de recepción de 28 de febrero de 2003; e) certificación expedida por el Secretario General de este Tribunal acreditando que el recurrente presentó recurso de amparo constitucional contra la jueza Ada Luz Fernández de Bass Werner, que fue signado con el número 2003-6166-12-RAC; f) memorial dirigido a este Tribunal, solicitando se aclare y se certifique; y g) memorial presentado el 8 de julio de 2003 ante este Tribunal, denunciando incumplimiento de la Sentencia Constitucional.