Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2004-CDP
Fecha: 19-Oct-2004
APRUEBA la Resolución de A.I. 065/04-SSA-I de 15 de septiembre de 2004,
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional en revisión: APRUEBA la Resolución de A.I. 065/04-SSA-I de 15 de septiembre de 2004, con la modificación de que la Corte de amparo regule el honorario profesional como abogado y apoderado de acuerdo al Arancel Mínimo vigente del Colegio de Abogados de La Paz.
- Filiberto Patón Sangüeza en representación de Pablo Enrique Gonzáles Chambi
- I.1.
- I.3.
- I.4.
- I.5.
- I.6.
- II.1.
- no puede comprender los daños y perjuicios ocasionados por la privación del derecho de propiedad por la Alcaldía paceña
- II.3.
- APRUEBA la Resolución de A.I. 065/04-SSA-I de 15 de septiembre de 2004,