Fragmento 5
Se impugna los Acuerdos del Plenario del Consejo de la Judicatura 161/2004, 205/2004 y 214/2004 y la Resolución de 10 de septiembre de 2004 dictada por el Director a.i. de la Unidad de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura y se señala como normas constitucionales infringidas los arts. arts. 7 inc. d), 14, 16 parágrafos I, II y III, 31, 32 , 228 y 117 parágrafo V de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Vladimir Uriona Guzmán, Director a.i. de la Unidad de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura y Fernando A. Beltrán Sánchez, Gerente de Recursos Humanos del Consejo de la Judicatura de Bolivia,
- Acuerdos del Plenario del Consejo de la Judicatura 161/2004, 205/2004 y 214/2004
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo.
- Fragmento 7
- administración-administrados
- sentencia o resolución final
- no existe la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la disposición legal con la decisión que deba adoptar la autoridad administrativa
- APRUEBA
