SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2004

Fecha: 15-Oct-2004

II.2.

II.2. La Empresa Petrolera Andina S.A., presentó recurso de revocatoria contra la Resolución Urgente pronunciada en el Auto de 13 de mayo de 2004, por considerar que la misma lesionaba sus derechos e intereses, sobre la base de lo siguiente: por una parte, respecto al precio de venta del GLP, hizo referencia a la incompetencia de la Superintendencia de Hidrocarburos y al vicio en la causa e infracción de la normativa vigente y, por otra parte, en cuanto a la orden para abastecer con GLP a todas las engarrafadoras nacionales, también hizo referencia a la incompetencia de la Superintendencia de Hidrocarburos y al vicio en la causa e infracción de la normatividad vigente y, concluyó su recurso expresando textualmente que se: “(…) habría dictado una medida urgente, sin que existan los presupuestos de hecho que exige el art. 12 del Reglamento de la LPA para el SIRESE: emergencia que conlleve riesgo para la continuidad o regularidad en la prestación del servicio público de comercialización de productos regulados de hidrocarburos (…)”(sic) (fs. 29 a 34, 35).