Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0117/2004
Fecha: 22-Oct-2004
II.3.
II.3. Por memorial de 17 de junio de 2004 (fs. 60-62), María Julia López Mérida Vda. de Claros, solicitó al Presidente del Concejo Municipal de Quillacollo promueva el presente recurso y por memoriales de 30 de junio (fs. 67) y 28 de julio de 2004 (fs. 71), impetró la emisión de la respectiva resolución.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- Auto de 17 de agosto de 2004
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- ha incurrido en la omisión de no haber cumplido con los requisitos de contenido, toda vez que en la Resolución de 17 de agosto de 2004, no ha efectuado ninguna motivación
- DISPONE