SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por Dora Alcira y Felicidad Hortensia Suárez contra Mario Humberto Carmona Covarrubias por el delito de daño calificado, se dictó la Sentencia 42/2002 imponiéndole la pena de tres años y seis meses de reclusión en la cárcel de Arocagua (fs. 397 a 399). Apelada la misma por Marco Antonio Alduanate Gallardo, en calidad de apoderado de Mario Humberto Carmona Covarrubias (fs. 404), la Sala Penal Primera designó defensor de oficio en la persona de Luis Beneros Miranda, invocando el art. 286 del CPP.1972 (fs. 413) el mismo que al fundamentar la alzada (fs. 414 y 415), señaló como domicilio el tablero de la Sala Penal Primera, quien dictó el Auto de Vista de 11 de noviembre de 2002 confirmando la Sentencia apelada (fs. 416).