SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2004-R

Fecha: 11-Oct-2004

improcedente

Concluida la audiencia, la Jueza del recurso declaró improcedente el hábeas corpus con los fundamentos siguientes: a) la Resolución 401/2004, dictada por el Juez recurrido, cumple con la previsión señalada en la norma contenida en los arts. “234, 235 y 235 ter” que facultan a la autoridad jurisdiccional a disponer ya sea medidas cautelares o la detención preventiva, no se puede pretender interpretar que la detención preventiva no puede ser aplicable cuando la autoridad atendiendo argumentos y valorando los elementos probatorios ofrecidos para la imputación no pueda determinar la detención preventiva, b) las sentencias constitucionales si bien son vinculatorias y de aplicación obligatoria por los órganos jurisdiccionales, sin embargo, se debe tomar en cuenta que la jurisprudencia no es estática, mucho más tomando en cuenta que la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana ha sido puesta en vigencia con posterioridad a la fecha de la jurisprudencia presentada; por lo expuesto no se advierte violación a los derechos y garantías constitucionales consagrados en el art. 18 de la CPE, al no encontrarse la imputada indebidamente perseguida o detenida.