SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1685/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1685/2004-R

Fecha: 18-Oct-2004

Fragmento 17

            Con esos antecedentes el recurrente interpone esta acción tutelar pretendiendo se anule los Autos impugnados o en su defecto se anule el proceso hasta la acusación del Ministerio Público, sin embargo, si el actor considera que en su pronunciamiento se han producido las supuestas ilegalidades que sustentan el presente recurso de amparo, debió impugnarlas dentro del proceso ante el Tribunal de la causa; consiguientemente, esta circunstancia determina la improcedencia del recurso e impide conocer el fondo del asunto, toda vez que el actor ha desconocido el carácter subsidiario del amparo al plantearlo directamente, sin utilizar y menos agotar con carácter previo los medios ordinarios que le confiere la ley para hacer valer sus derechos, por lo que corresponde dar aplicación al art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).